Pues después de haber leido todas las intervenciones, saco la conclusión de que, al menos la legislación extremeña, NO aclara todos los extremos.
Al final, tu intervención (...Es evidente que necesitamos una normativa que aclare todos los extremos de la promoción de los acnees y los casos en que es procedente su titulación...), querido Fidel, sigue dejando las cosas casi como están.
Personalmente creo que se ha aclarado un poco la legislación anterior: ahora tenemos, en letra de ley, los referentes de promoción y titulación SEPARADOS.
Los de TITULACIÓN son claros: los mismos que para los demás. Los generales. Se entiende que con las adapaciones de acceso necesarias. Mejor hubiese sido tener incluso esta salvedad en letra. Pero creo que es suficiente. Explícito: el nivel académico de 4º de la ESO. Ningún otro nivel de referencia (de 4º de la ESO para abajo) tiene que ser referente de titulación.
Los de PROMOCIÓN: creo que están incompletos en la letra de la ley. Dice ( y es aclaración positiva) que su referente es el nivel del alumno. Y hablamos de referentes académicos. Al menos mientras la elucubración de las Competencias no se aclare. Del nivel en que se encuentra:2º de primaria, 4º, 5º... Independientemente, tendremos en cuenta las adaptaciones de acceso, como otro alumno cualquiera con adapatciones de acceso. Pero para su nivel académico.
No habrá pues dificultad alguna en estiomar si ha superado bien su nivel y si pasa al nivel siguiente. Pero ojo: promociona al nivel siguiente. Si ha trabajado bien nivel de 2º de primaria, pasa al nivel de 3º de primaria. Y se encuentra, por ejemplo, en 1º de Secundaria. ¿Significa esto que tiene que PROMOCIONAR? ¿Qué es PROMOCIONAR? ¿Pasar al trabajar el nivel de 2º de primaria, en el grupo de refrencia de 1º de Secundaria, donde estaba , lo que sería una REPETICIÓN en el curso de referencia, o pasar a 2º de Secundaria (curso de referencia) para trabajar el nuevo nivel de 2º de primaria?
La letra de la ley no indica nada sobre esto. Entiende que es automático el pasar de curso. Porque identifica la PROMOCIÓN (concepto hecho a medida de los alumnos "normalizados") con el pasar de curso.
Nuesros acnees deberían de tener la posibilidad de pasar de nivel de trabajo (1º de primaria a 2º de primaria) sin PROMOCIONAR de curso. ¿Y esto porqué? Porque así lo decidiese la Junta de Evaluación, con el asesoramiento del D. de Orientación.
Esta podría ser una utilidad del asterisco oficial. Si esto no es así...el asterisco, de momento, no significa nada.
El padre puede reclamar que, conforme a ley (letra de la) su hijo/a con todas aprobadas con asterisco promocione AL CURSO SIGUIENTE. No sólo al nivel siguiente.
Pero...a pesar de todo sigo diciendo: toda esta organización de acneees (con sus aciertos y dificultades) no es la idónea para Secundaria. Deberiamos aportar SOLUCIONES organizativas DISTINTAS.
Aunque estos problemas de asterisco, de promoción y titulación encuentren solución...no estaremos dando la respuesta que los acnees necesitan en la Secundaria.
Aportemos otras soluciones organizativas.
O no. Porque lo que me temo es que oficialmente se insista en cambiar ( ¡ nuevamente...!) la "educación pedagógica" del profesorado para manejar "adecuadamente" el concepto de COMPETENCIA. Las comillas son de libre ionterpretación.
O no hace falta que hagamos nada: el PP ya ha prometido (y lo llevará en programa electoral) que derogará la actual ley de Educación.
En definitiva...¿se aclara o no todo con esta legislación...?
Pues después de haber leido todas las intervenciones, saco la conclusión de que, al menos la legislación extremeña, NO aclara todos los extremos.
Al final, tu intervención (...Es evidente que necesitamos una normativa que aclare todos los extremos de la promoción de los acnees y los casos en que es procedente su titulación...), querido Fidel, sigue dejando las cosas casi como están.
Personalmente creo que se ha aclarado un poco la legislación anterior: ahora tenemos, en letra de ley, los referentes de promoción y titulación SEPARADOS.
Los de TITULACIÓN son claros: los mismos que para los demás. Los generales. Se entiende que con las adapaciones de acceso necesarias. Mejor hubiese sido tener incluso esta salvedad en letra. Pero creo que es suficiente. Explícito: el nivel académico de 4º de la ESO. Ningún otro nivel de referencia (de 4º de la ESO para abajo) tiene que ser referente de titulación.
Los de PROMOCIÓN: creo que están incompletos en la letra de la ley. Dice ( y es aclaración positiva) que su referente es el nivel del alumno. Y hablamos de referentes académicos. Al menos mientras la elucubración de las Competencias no se aclare. Del nivel en que se encuentra:2º de primaria, 4º, 5º... Independientemente, tendremos en cuenta las adaptaciones de acceso, como otro alumno cualquiera con adapatciones de acceso. Pero para su nivel académico.
No habrá pues dificultad alguna en estiomar si ha superado bien su nivel y si pasa al nivel siguiente. Pero ojo: promociona al nivel siguiente. Si ha trabajado bien nivel de 2º de primaria, pasa al nivel de 3º de primaria. Y se encuentra, por ejemplo, en 1º de Secundaria.
¿Significa esto que tiene que PROMOCIONAR? ¿Qué es PROMOCIONAR? ¿Pasar al trabajar el nivel de 2º de primaria, en el grupo de refrencia de 1º de Secundaria, donde estaba , lo que sería una REPETICIÓN en el curso de referencia, o pasar a 2º de Secundaria (curso de referencia) para trabajar el nuevo nivel de 2º de primaria?
La letra de la ley no indica nada sobre esto. Entiende que es automático el pasar de curso. Porque identifica la PROMOCIÓN (concepto hecho a medida de los alumnos "normalizados") con el pasar de curso.
Nuesros acnees deberían de tener la posibilidad de pasar de nivel de trabajo (1º de primaria a 2º de primaria) sin PROMOCIONAR de curso. ¿Y esto porqué? Porque así lo decidiese la Junta de Evaluación, con el asesoramiento del D. de Orientación.
Esta podría ser una utilidad del asterisco oficial. Si esto no es así...el asterisco, de momento, no significa nada.
El padre puede reclamar que, conforme a ley (letra de la) su hijo/a con todas aprobadas con asterisco promocione AL CURSO SIGUIENTE. No sólo al nivel siguiente.
Pero...a pesar de todo sigo diciendo: toda esta organización de acneees (con sus aciertos y dificultades) no es la idónea para Secundaria.
Deberiamos aportar SOLUCIONES organizativas DISTINTAS.
Aunque estos problemas de asterisco, de promoción y titulación encuentren solución...no estaremos dando la respuesta que los acnees necesitan en la Secundaria.
Aportemos otras soluciones organizativas.
O no. Porque lo que me temo es que oficialmente se insista en cambiar ( ¡ nuevamente...!) la "educación pedagógica" del profesorado para manejar "adecuadamente" el concepto de COMPETENCIA.
Las comillas son de libre ionterpretación.
O no hace falta que hagamos nada: el PP ya ha prometido (y lo llevará en programa electoral) que derogará la actual ley de Educación.
¡...Vete tú a saber...!