Con la reciente aparición de la concreción de la Evaluación de ESO en Extremadura, el viejo contencioso de la titulación de algunos alumnos acnees, se soluciona...o no.
Vayamos al grano: en el art. 11 (sobre el expediente académico) nos dice que recogerá “....decisiones sobre promoción y titulación y, en su caso, medidas de atención a la diversidad adoptadas”
Comencemos por lo que afecta:
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Decisión sobre promoción . La referencia concreta está en Art.8 apartado 11, primer párrafo: “La promoción del alumnado con necesidades específicas se atendrá a lo dispuesto en los artículos anteriores de esta Orden”.
Es decir, les afectan las mismas disposiciones que a los demás y en los mismos términos.
Un sólo recordatorio: existe un artículo 7 con tres apartados, dedicado exclusivamente a la Evaluación del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
En su segundo apartado hace referencia al alumnado con adaptaciones curriculares signficativas (“que se aparten significativamente del curriculum”).
Dice textualmente: Para evaluar las materias sometidas a adaptación curricular significativa, se utilizarán como referentes los OBJETIVOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN PREVISTOS EN DICHAS ADAPTACIONES”.
Queda claro: el REFERENTE es la propia adaptación. Promocionará, pues en 1º, 2º y 3º, conforme a los aprobados y suspensos de su propia adaptación. No con referencia a las capacidades y objetivos del curso concreto de la etapa.
PERO...
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Decisión sobre LA TITULACIÓN: (Art.8, apartado 11 segundo párrafo) “El referente para la titulación de alumnos con necesidad especifica de apoyo educativo será LA CONSECUCIÓN DE LAS COMPETENCIAS BÁSICAS Y LOS OBJETIVOS DE LA ETAPA.”
Queda claro que para la titulación sí tenemos que utilizar el mismo referente que para los demás.
Debemos aceptar que en 4º de la ESO un alumno con adaptación curricular significativa DEBE SER EVALUADO con referencia a su adapatación y aprobar o suspender las materias según ese referente, pero le DEBEMOS NEGAR EL TÍTULO si la consecución de las competencias básicas y los objetivos de la etapa no es la misma que la de los demás.
¿Significa esto que un alumno que aprueba 1º, 2º, 3º y 4º...puede no titular?
Parece que en el caso de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo,que tengan una adaptación curricular que se aparte significativamente del currículo,...esto es así.¿O no?
En Extremadura queda abierto el debate. Para los demás os puede servir de referencia.





Promoción SI Titulación NO
Pedro Carlos Almodóvar APOCLAM
Estimado José Antonio, me voy a permitir opinar sobre la cuestión, porque creo que es tan clara y acertada, desde mi punto de vista, que no debería generar ninguna polémica.
Y cuantas más caras le pongo, refiriéndome a algunos alumnos y alumnas que he atendido, más crece el acierto por la medida. Por ejemplo, alumno de 14 años, del medio rural castellano-manchego, escolarizado en 1º de ESO, con nivel de competencia curricular de 2º Ciclo de Primaria, con resultados en pruebas de inteligencia estandarizadas que reflejan un CI de 83 (en el límite), pero eso sí, “más listo que un conejo” en el RMVC (Rendimiento Mental en la Vida Cotidiana). Un chaval que a duras penas es capaz de aprender las tablas de multiplicar, de resolver problemas con tres elementos, de realizar una escritura legible, no solo por la grafía, sino por las innumerables y surrealistas faltas de ortografía, uso de pseudopalabras, etc. Pues con este perfil de alumno, a modo de ejemplo, si me parece adecuado que se le promocione en función de los objetivos de su adaptación curricular, recogidos en su moderno Plan de Trabajo Individualizado. Además, observemos que, por cuestión de edad, la criatura ya habrá repetido en Primaria y es repetidor de 1º de ESO. Si continua así hasta 4º de ESO, superando los objetivos planteados en su PTI, entre otras cosas, porque partiendo de los principios del aprendizaje constructivista, éstos se ajustan a sus posibilidades de desarrollo, y porque además – y esto es importantísimo- , el chaval se encuentra perfectamente integrado de modo armónico en su grupo-clase.
Digo que si llegado a 4º, ¿debería de titular?. La respuesta para mi es clara: NO. No, porque no estará preparado para continuar estudios, ni para ejercer un puesto de trabajo en el que para su desempeño se exijan conocimientos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Sé que en muchos casos, puede parecer injusto, dada la evolución, el esfuerzo, el empeño y el apoyo de las familias y muchos profesionales,... pero este es uno más de los tributos emocionales que se pagan con la función fiscalizadora de la evaluación acreditativa. Y sinceramente, creo que no tenemos más remedio que asumirlo.
Y finalmente, aprovecho para dedicar un efusivo y efervescente abrazo a toda la comunidad orientadora, con mis mejores deseos para... que devoren con tremenda saciedad y mayor satisfacción la paga extra de Navidad. Que tal y como se está poniendo la vida, la mejor inversión acabará siendo el gasto.
Salud!!
PC Almodóvar