Acuerdo entre la Consejería de Educación de CLM y los sindicatos

Imagen de Fidel Jerónimo

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Hola a todos/as,

creo que, por su interés, merece la pena hacer un pequeño resumen de los contenidos del acuerdo firmado este mes de mayo entre la consejería de educación de Castilla - La Mancha y los sindicatos (TODOS) con representación en la mesa de personal. Y digo que merece la pena porque aporta algunas novedades interesantes en relación a los orientadores a pesar de que en otras cuestiones se sigue quedando "escaso" como en el tema del horario de los compañeros de primaria.

Me permito destacaros algunas cuestiones muy importantes:

  • aumento salarial de entre 160 y 200 € según antigüedad.
  • regulación del 2º PT en primaria
  • reducción de 3 alumnos por aula por cada acnee. No más de dos acnees por aula.
  • mejoras muy importantes en los CRAs.
  • se consideran lectivas las guardias de recreo y los tiempos en el aula de convivencia.
  • un segundo orientador en los IES con 20 o más unidades y en los IES que tengan regulado el segundo PT.
  • regulación de las horas de desdobles, apoyos y refuerzos según el nº de unidades y según materias (matemáticas, lengua e inglés)
  • orientador en todos los centros de adultos.
  • reconocimiento administrativo del coordinador de ciclo en primaria de 9 o más unidades.
  • Aulas para Educar en Convivencia. Se garantizará la dotación de dos recursos personales para la gestión del aula o espacio para educar en convivencia. Todas las medidas propuestas en el mencionado Plan (desdobles, disminución de ratios, interculturalidad, así como la determinación de mediadores, educadores sociales…), deberán justificarse como recursos de mejora de la convivencia y estarán sujetos a la evaluación y seguimiento que la Administración determine.
  • mejoras económicas para los centros de EE.
  • Medidas para facilitar la disminución de las ratios.
  • regulación de los interinos.
  • mejoras en salud laboral.

Específicamente de las Unidades de Orientación en CEIPs se dice:

" El Decreto 43/2005 por el que se crearon las Unidades de Orientación asociadas a los Centros de Educación Infantil y Primaria, así como la Orden de 15 de junio de 2005 por la que se regula el funcionamiento de las mismas necesitan una actualización que atienda a las condiciones laborales de los docentes que desempeñan en ellas su labor de Orientación. A tal fin, la Consejería se equiparará e integrará administrativa y funcionalmente a los miembros de las Unidades de Orientación en los Centros de Educación Infantil y Primaria en los que desarrollan su actividad de Orientación, estableciéndose las siguientes modificaciones en su actual situación administrativa y laboral:

  • Se les reconoce, a los orientadores y a los PTSC, el derecho a formar parte del claustro y del consejo escolar, así como a elegir y ser elegidos para cualquiera de los cargos unipersonales que componen el equipo directivo de los Centros en los que desempeñan su labor.
  • En cuanto a su jornada laboral, a fin de garantizar la coordinación y funcionamiento, tanto de la actuación orientadora como del propio Centro educativo en su conjunto, el horario de los componentes de la unidad de orientación se ajustará al que esté establecido en cada Centro en el que esté ubicado el orientador/a.
  • Se reconoce a los orientadores/as, con carácter retroactivo, la Coordinación pedagógica a efectos de baremación en el Concurso General de Traslados, con 0,5 puntos por el trabajo desarrollado en el Centro escolar.
  • Las plazas de las Unidades de Orientación tendrán la consideración administrativa de carácter ordinario. Cuando se comparta la intervención en Centros de distintas localidades, les será de aplicación lo regulado en el acuerdo de itinerancias en los mismos términos que al resto de los docentes, con la salvedad de que, en caso de acogerse a la reducción horaria, ésta se aplicará contabilizando el inicio de la jornada desde el Centro donde esté adscrita la Unidad de Orientación.
  • Tendrán, asimismo, derecho a percibir el complemento económico por desempeñar la actividad laboral en un C.R.A.
  • Los orientadores/as en CRAER gozarán de las mismas condiciones laborales que el resto de las asesorías del equipo pedagógico de los mismos, teniendo derecho al complemento por desempeño de asesoría y complemento económico por kilometraje.

Tiene anexos muy interesantes, en especial el IV en el que se recoge el calendario de aplicación de estas medidas. este es un acuerdo de estabilidad con los sindicatos hasta el 2011 y para dar salida a la futura ley de educación en CLM

Mi valoración personal es que se trata de un importante acuerdo con beneficios laborales para el conjunto del profesorado bastante significativos. En relación a los orientadores de IES por primera vez (creo que no existe otra comunidad autónoma que lo haya dejado por escrito) se acuerda con calendario y condiciones la incorporación de un segundo orientador. Con respecto a los orientadores de CEIPs hay significativas mejoras como el reconocimiento retroactivo de la coordinación (yo entiendo que también supone el derecho al cobro del complemento por coordinadores como se recoge en apartados anteriores del acuerdo), el derecho a elegir y ser elegidos, etc. sin embargo, se siguen quedando cortos en el tema del horario de primaria.

Desde mi punto de vista las pegas de este acuerdo son dos:

  1. que es un acuerdo de estabilidad hasta el 2011 y supongo que eso significa que los sindicatos no van a poder hacer mucha presión en los próximos años.
  2. no se resuelve completamente la discriminación de los compañeros de los CEIPs. Porque, a pesar de las mejoras se les sigue obligando a tener un horario que no se ajusta al cuerpo al que pertenecen.

saludos

Horario Orientadores en CEIPs

Hola compañeros
Respecto a los Orientadores en los CEIPs

Quiere decir que tendremos horario de maestro, mientras que los orientadores de los IES tendran horario de secundaria.
Por si esto fuera poco,el horario lectivo en E. infantil y primaria es de 23 h lectivas semanales mientras que para otros cuerpos (secundaria) es de 18.

Este es el panorama. Agravio comparativo. Perteneciendo al cuerpo de secundaria tendremos horario de primaria ¿Nos ajustarán el sueldo también al de primaria?.

¿Realmente esto es legal? ¿No hay nada que hacer? Desde las asociaciones de orientadores o desde los colegios profesionales ¿No se puede alegar nada?
Bueno, me gustaria que el tema fuera tenido en cuenta. Esto, si queda así,creo que afectará al resto de comunidades.

Creo que las mejoras del acuerdo, que no estan mal, han dado la espalda al tema del horario en los CEIPs.
No somos maestros, no tenemos categoria de maestros, no opositamos para maestros, no cobramos como maestros y por la misma razón no debemos tener horario de maestro sino horario de orientador, trabajemos en IES o en Coles.
¿Acaso la oposición no es la misma? ¿No son los estudios los mismos? ¿Por qué tenemos que resignarnos a un horario de cole? ¿Por que no hacemos intercambio por un tiempo y Orientadores de IES "conviven" con un equipo directivo de maestros y con horario de Cole?
Al final como dice el refran:

"Divide y venceras. Une y liderarás" Los Orientadores nos hemos dividido. Ahora hay orientadores de 1ª y de 2ª
Se ha perdido una oportunidad de negociación que afecta a muchos puestos de trabajo. Creo que ha sido un gran error permitirlo

¡Tristes Saludos !

acuerdo entre consejería y sindicatos

LAS UNIDADES DE ORIENTACIÓN TRAS EL ACUERDO ALCANZADO CON LA ADMINISTRACIÓN

Para mí, y supongo, para mis compañeros orientadores que como yo prestan servicio en unidades de orientación, por lo que concretamente se refiere a nosotros, este acuerdo supone una nueva frustración que sumar a las muchas ya experimentadas. Me siento humillado una vez más por el trato recibido. Desde que los antiguos equipos de orientación fueron suprimidos, y sus miembros obligados a elegir una, desde entonces, Unidad de Orientación en centro de Primaria, aquellos que seguimos pese a todo creyendo en nuestro trabajo y deseamos desarrollar nuestra carrera profesional como orientadores en Primaria nos encontramos sometidos a un trato discriminatorio con respecto a nuestros compañeros de los IES, que reconoce la Administración, pero no subsana. Y los sindicatos, que en tiempos unánimemente nos apoyaron entendiendo todas y cada una de nuestras razones, ahora no han sabido, podido o querido evitar lo que supone un paso atrás en nuestras condiciones laborales y profesionales.

En este momento dulce, de felicitaciones por lo mucho conseguido, no tengo más remedio que denunciar que los orientadores de las Unidades de Orientación seguimos jugando sin que se haya dibujado el terreno de juego, se hayan señalado unas mínimas normas, ni se haya designado el árbitro que lo dirija. Ya iba siendo hora de que se nos aclarasen de una vez por todas y con carácter general un montón de cuestiones. Un año tras otro, y ya van tres, llevamos pendientes de decisiones subjetivas de la dirección o el inspector de turno.

¿Quién podía imaginar que en condiciones tales, la aspiración de los orientadores de Unidades de Orientación era que se garantizase su equiparación e integración administrativa y funcional en los centros de Infantil y Primaria? Pues la Administración…, y los sindicatos firmantes. Deben pensar que somos tontos. Un empujoncito más, una negociación más larga, y nos bajan el sueldo. Nuestra hasta ahora precaria autonomía queda bajo mínimos, y todo ello sin normativa que lo avale. ¿Merecería la pena iniciar un contencioso para evitar la nueva cacicada que convierte a las Unidades de Orientación en dependientes, también económicamente hablando, de los centros de Primaria? Parece que todo se hace conforme dicta la ley del embudo.

Sin que hasta la fecha podamos saber si el equipo directivo del centro al que prestamos servicios es nuestro superior jerárquico, es quien elabora nuestros horarios, controla nuestra asistencia, autoriza nuestras faltas, supervisa nuestro trabajo y gestiona económicamente nuestro centro de destino, que es la Unidad de Orientación. A menudo me pregunto de qué sirvió que los abogados del sindicato CSIF obtuviesen para nosotros en diciembre de 2006 sentencia del Tribunal Superior de Justicia anulando los criterios que unilateralmente se dictaron desde la Consejería para definir el horario y la jornada de trabajo de los componentes de las Unidades de Orientación, porque seguimos igual.

No señor. Que nadie crea que me contento con poder aspirar a pertenecer al claustro o incluso al equipo directivo de un centro al que sólo me une, según el propio Consejero, el espacio físico que compartimos. Quiero que se me equipare en derechos, sí, pero con el Cuerpo de Profesores de Educación Secundaria, al que pertenezco por oposición, aunque para ello deba esperar la sentencia que anule el Decretazo.

MANUEL TRALLERO SANZ

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