Encuentro Orientacion Málaga 2024

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Comunicado contra la formación de bolsas extraordinarias de interinidad en la especialidad de orientación educativa

La Confederación de Organizaciones de Psicopedagogía y Orientación de España quiere hacer pública su opinión acerca de la formación de las bolsas de profesorado interino de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía puesto que consideramos que afecta a la calidad de educación.

La orden de 18 de junio de 2018, por la que se regulan las bolsas de trabajo docentes y se establecen las bases aplicables al personal integrante de las mismas recoge en su artículo 15 que el aspirante que acceda por cualquiera de los procedimientos a que se refiere la presente Orden a una bolsa adscrita a un cuerpo distinto al de la bolsa de origen, podrá optar por una de ellas, en el plazo que se establezca. En caso de optar por la nueva bolsa, este personal se beneficiará del 50% del tiempo de servicio que tenga reconocido en la bolsa de origen y de los demás derechos que le puedan asistir. Es más, si solo opta por una bolsa se beneficiará del reconocimiento de la totalidad de su tiempo de servicio.

La aplicación de esta orden supone que en Andalucía haya profesorado de cualquier especialidad que se posicione delante de orientadores cualificados en las listas de interinidad, lo que lesiona gravemente el derecho del alumnado a la orientación y a la calidad de la educación.  Por ejemplo, profesorado especialista en música, inglés de primaria o comercio de FP, entre otros, ha superado por su tiempo de servicio a especialistas en orientación educativa, luego, para perjuicio de la calidad de la educación, algunos niños y niñas no cuentan con un orientador cualificado.

La especialidad de orientación educativa requiere una cualificación muy concreta pues la formación adecuada para desempeñar las funciones que se asignan al profesional de la orientación son: Pedagogía, Psicología o Psicopedagogía. Es responsabilidad de los orientadores orientar en la toma de decisiones vocacionales con eficacia, así como detectar las necesidades educativas y organizar la correspondiente respuesta educativa lo que influye de forma directa en la calidad de la educación.

En consecuencia, solicitamos a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía que elimine el artículo 15 de la citada orden, para asegurar al menos que el aspirante a la especialidad de orientación educativa ha pasado por el proceso de oposiciones y por tanto ha demostrado la necesaria cualificación para desempeñar las funciones encomendadas con calidad.